LIBRO IV PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIOTÍTULO IV SUJETOS PROCESALES
Artículo 113
Estudiantes de consultorios jurídicos y facultades del defensor
Los estudiantes de los consultorios jurídicos podrán actuar como defensores de oficio en los procesos disciplinarios según los términos previstos en la ley. Como sujeto procesal, el defensor tiene las mismas facultades del investigado. Cuando existan criterios contradictorios, prevalecerán los del defensor.