LIBRO QUINTO CUESTIONES VARIASTÍTULO II DISPOSICIONES RELATIVAS A LA AGENCIA NACIONAL DE DEFENSA JURÍDICA D
Artículo 616
(Derogado por el Art
87 de la Ley 2080 de 2021) Norma Anterior texto anterior Modif¿quese el inciso¿ 2¿ ¿del art¿culo 269 de la Ley 1437 de 2011, el cual quedar¿ as¿:¿ "Del escrito se dar¿ traslado a la administraci¿n demandada y a la Agencia Nacional de Defensa Jur¿dica del Estado por el t¿rmino com¿n de treinta (30) d¿as para que aporten las pruebas que consideren. La administraci¿n y la Agencia Nacional de Defensa Jur¿dica del Estado podr¿n oponerse por las mismas razones a las que se refiere el art¿culo 102 de este c¿digo".