LIBRO TERCERO PROCESOSTÍTULO III PROCESOS DECLARATIVOS ESPECIALESCAPÍTULO II Deslinde y Amojonamiento
Artículo 402
Traslado de la demanda y excepciones
De la demanda se correrá traslado al demandado por tres (3) días. Los hechos que constituyen excepciones previas, la cosa juzgada y la transacción, solo podrán alegarse como fundamento de recurso de reposición contra el auto admisorio de la demanda.