LIBRO TERCERO PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIOTÍTULO II EL PROCESO DISCIPLINARIOCAPÍTULO VI RECURSOS Y EJECUTORIA
Artículo 80
Recurso de reposición
Procede contra las decisiones interlocutorias dictadas en audiencia o diligencia; se interpondrá y sustentará de manera oral en el mismo acto, y será resuelto inmediatamente; el auto que lo decida se notificará en estrados. También procede contra los autos que imponen multa al quejoso temerario y al testigo renuente, y el que decide la solicitud de rehabilitación.