LIBRO PRIMERO - DEL AMBIENTETÍTULO V DE LAS INVERSIONES FINANCIERAS ESTATALES EN OBRAS Y TRABAJOS PÚBLICO
Artículo 26
Artículo 26
En el proyecto general de cualquier obra pública que utilice o deteriore un recurso natural renovable o el ambiente, se contemplará un programa que cubra totalmente los estudios, planos y presupuestos con destino a la conservación y mejoramiento del área afectada.