LIBRO SEGUNDO DE LA PROPIEDAD, USO E INFLUENCIA AMBIENTAL DE LOS RECURSOS NATÍTULO I DE LA FAUNA SILVESTRE Y DE LA CAZACAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 248
Artículo 248
La fauna silvestre que se encuentra en el territorio Nacional pertenece a la Nación, salvo las especies de los zoo criaderos y cotos de caza de propiedad particular.