LIBRO SEGUNDO DE LA PROPIEDAD, USO E INFLUENCIA AMBIENTAL DE LOS RECURSOS NATÍTULO III DE LOS BOSQUESCAPÍTULO III DE LAS INDUSTRIAS FORESTALES
Artículo 226
Artículo 226
Son empresas forestales integradas las que efectúen la utilización óptima de la mayor parte de las especies forestales de un bosque. Para que una empresa pueda tenerse como forestal integrada se establecerán las condiciones que deba llenar en el desarrollo de sus actividades, fijando previamente para cada región boscosa el número de especies volumen mínimo por hectárea y proceso complementarios de transformación y las demás necesarias para el cumplimiento cabal de dichas actividades.