LIBRO SEGUNDO DE LA PROPIEDAD, USO E INFLUENCIA AMBIENTAL DE LOS RECURSOS NATÍTULO XI SANCIONES
Artículo 167
Artículo 167
Son recursos energéticos primarios: a.- La energía solar; b.- La energía eólica; c.- Las pendientes, desniveles topográficos o caídas; d.- Los recursos geotérmicos; e.- La energía contenida en el mar.