LIBRO II TECNICAS DE INDAGACION E INVESTIGACION DE LA PRUEBA Y SISTEMA PROBATÍTULO V PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD
Artículo 328
La participación de las víctimas
En la aplicación del principio de oportunidad el fiscal deberá tener en cuenta los intereses de las víctimas. Para estos efectos deberá oír a las que se hayan hecho presentes en la actuación.