TÍTULO PRELIMINAR PRINCIPIOS RECTORES Y GARANTIAS PROCESALES
Artículo 3
Prelación de los tratados internacionales
En la actuación prevalecerá lo establecido en los tratados y convenios internacionales ratificados por Colombia que traten sobre derechos humanos y que prohíban su limitación durante los estados de excepción, por formar bloque de constitucionalidad.