LIBRO I DISPOSICIONES GENERALESTÍTULO IVCAPÍTULO II Defensa
Artículo 124
Derechos y facultades
La defensa podrá ejercer todos los derechos y facultades que los Tratados Internacionales relativos a Derechos Humanos que forman parte del bloque de constitucionalidad, la Constitución Política y la ley reconocen en favor del imputado.