TÍTULO SEPTIMO ASPECTOS PROCEDIMENTALESCAPÍTULO XXVI Oposiciones
Artículo 300
Exclusión de propuestas
La autoridad concedente, previa la verificación en el Registro Minero Nacional, ordenará, de oficio, modificar la propuesta si la superposición de que trata el artículo anterior fuere parcial. En este caso, el área del contrato quedará reducida al área libre, sea cual fuere su forma y extensión. Si la superposición fuere total, ordenará el archivo de la propuesta.