TÍTULO SEXTO ASPECTOS ECONOMICOS Y SOCIALES DE LA MINERIACAPÍTULO XXII Aspectos económicos y tributarios
Artículo 234
Excepción de retención en la fuente
Se exceptúan de la retención en la fuente prevista en el estatuto tributario, los pagos o abonos en cuenta que se efectúen a favor de las organizaciones de economía solidaria productoras de carbón por concepto de la adquisición de dicho combustible, cuando la compra respectiva se destine a la generación térmica de electricidad.