TÍTULO QUINTO ASPECTOS EXTERNOS A LA MINERIACAPÍTULO XX Aspectos ambientales
Artículo 211
Revocación de la licencia
Derogado por el art. 31, Ley 1382 de 2010 . La autoridad ambiental podrá revocar la Licencia Ambiental para todas o para algunas de las fases de la operación minera por el incumplimiento grave y reiterado de las obligaciones ambientales del explotador de acuerdo con los procedimientos previstos en la normatividad ambiental vigente.