TÍTULO QUINTO ASPECTOS EXTERNOS A LA MINERIACAPÍTULO XX Aspectos ambientales
Artículo 195
Inclusión de la Gestión Ambiental
Para todas las obras y trabajos de minería adelantados por contrato de concesión o por un título de propiedad privada del subsuelo, se incluirán en su estudio, diseño, preparación y ejecución, la gestión ambiental y sus costos, como elementos imprescindibles para ser aprobados y autorizados. En ningún caso la autoridad ambiental podrá otorgar permisos, concesiones, autorizaciones o licencias de orden ambiental, para obras y trabajos no amparados por un título minero.