TÍTULO TERCERO REGIMENES ESPECIALESCAPÍTULO XV Minería marina
Artículo 143
Presunción de Propiedad Estatal
La presunción legal de la propiedad inalienable e imprescriptible del Estado, sobre los recursos minerales de que trata el artículo 6 º de este Código, incluye los yacentes en el fondo y el subsuelo de los espacios marinos jurisdiccionales.