LIBRO III DE LA ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIOTÍTULO I PRINCIPIOS GENERALES DEI. PROCEDIMIENTO
Artículo 25
Aplicación de los criterios de priorización
En el trámite de la acción de extinción del derecho de dominio se atenderán, en lo pertinente, los criterios de priorización de situaciones y casos establecidos por el Fiscal General de la Nación. Dicha priorización tendrá en cuenta una evaluación costo-beneficio de la extinción de los bienes, así como del riesgo que dichos bienes generan a la seguridad nacional.