LIBRO III DE LA ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIOTÍTULO V PRUEBASCAPÍTULO III Prueba testimonial
Artículo 177
Amonestación previa al juramento
Toda autoridad a quien corresponda tomar juramento, amonestará previamente a quien debe prestarlo acerca de la importancia moral y legal del acto y las sanciones penales establecidas contra los que declaren falsamente o incumplan lo prometido, para lo cual se leerán las respectivas disposiciones. Acto seguido se tomará el juramento.