LIBRO III DE LA ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIOTÍTULO I PRINCIPIOS GENERALES DEI. PROCEDIMIENTO
Artículo 17
Naturaleza de la acción
La acción de extinción de domiÂnio de que trata la presente ley es de naturaleza constitucional, pública, jurisdiccional, directa, de carácter real y de contenido patrimonial, y procederá sobre cualquier bien, independientemente de quien lo tenga en su poder o lo haya adquirido.