LIBRO TERCERO. DE LOS BIENES MERCANTILES.TÍTULO A LA ORDEN. El tenedor de un título-valor podrá tachar los endosos posCAPÍTULO V. DISTINTAS ESPECIES DESECCIÓN V. CERTIFICADO DE DEPÓSITO Y BONO DE PRENDA
Artículo 760
REQUISITOS ADICIONALES A LOS BONOS DE PRENDA
El bono de prenda contendrá, además: 1) El nombre del beneficiario, en su caso; 2) El importe y la fecha de vencimiento del crédito que en el bono de prenda se incorpora. Este dato se anotará en el certificado al ser emitido el bono; 3) La indicación de haberse hecho en el certificado la anotación de la emisión del bono, y 4) Las firmas del tenedor del certificado y del almacén que haya intervenido en la operación.