LIBRO PRIMERO DE LOS COMERCIANTES Y DE LOS ASUNTOS DE COMERCIOTÍTULO IV. DE LOSCAPÍTULO III. EFICACIA PROBATORIA DE LOS
Artículo 68
VALIDEZ LIBROS Y PAPELES DE COMERCIO
Derogado por el literal c), art. 626, Ley 1564 de 2012 . Los libros y papeles de comercio constituirán plena prueba en las cuestiones mercantiles que los comerciantes debatan entre sí, judicial o extrajudicialmente. En materia civil, aún entre comerciantes, dichos libros y papeles sólo tendrán valor contra su propietario, en lo que en ellos conste de manera clara y completa y siempre que su contraparte no lo rechace en lo que le sea desfavorable.