LIBRO TERCERO. DE LOS BIENES MERCANTILES.TÍTULO DE PATENTE - PROCEDIMIENTO EN CASO CONTRARIO. Si no hubiere observacio
Artículo 550
EXAMEN Y PUBLICACIÓN DE PATENTES
Una vez concedido y numerado el título, la Oficina de Propiedad Industrial ordenará publicar la reivindicación característica de la invención. Cualquier persona podrá examinar las patentes concedidas y obtener, a su costa, copias de las mismas.