LIBRO DE ACTAS Y ACCIONES. La sociedad llevará un libro, debidamente registrTÍTULO IV. DE LAS SOCIEDADES EN COMANDITACAPÍTULO I. DISPOSICIONES COMUNES
Artículo 326
ADMINISTRACIÓN DE SOCIEDAD EN COMANDITA
La administración de la sociedad estará a cargo de los socios colectivos, quienes podrán ejercerla directamente o por sus delegados, con sujeción a lo previsto para la sociedad colectiva.