LIBRO DE ACTAS Y ACCIONES. La sociedad llevará un libro, debidamente registrCAPÍTULO VIII. REVISOR FISCAL
Artículo 214
RESERVA DEL REVISOR FISCAL EN EL EJERCICIO DE SU CARGO
El revisor fiscal deberá guardar completa reserva sobre los actos o hechos de que tenga conocimiento en ejercicio de su cargo y solamente podrá comunicarlos o denunciarlos en la forma y casos previstos expresamente en las leyes.