LIBRO SEXTO. PROCEDIMIENTOSTÍTULO I. DEL CONCORDATO PREVENTIVO
Artículo 1936
INEFICACIA DE ACTUACIONES EN DETRIMENTO DE LAS FUNCIONES ATRIBUIDAS A LAS SUPERINTENDENCIAS DE SOCIEDADES Y BANCARIA
Derogado por el art. 61, Decreto extraordinario 350 de 1989. Serán ineficaces las actuaciones de los jueces o de cualquiera otro funcionario en detrimento de las funciones atribuidas a la Superintendencia de Sociedades y a la Superintendencia Bancaria en este Capítulo.