LIBRO DE ACTAS DE LAS DECISIONES DE CONDUEÑOS . Las decisiones de los condueTÍTULO XIII. DEL SEGURO MARÍTIMOCAPÍTULO XII. TRANSPORTE AÉREOSECCIÓN II. TRANSPORTE DE PASAJEROS
Artículo 1878
REDUCCIÓN POR DESISTIMIENTO DEL VIAJE POR EL PASAJERO
En los casos de desistimiento del viaje por parte del pasajero, las empresas de transporte público podrán fijar porcentajes de reducción en la devolución del valor del pasaje, conforme a los reglamentos de la empresa, aprobados por la autoridad aeronáutica.