LIBRO DE ACTAS DE LAS DECISIONES DE CONDUEÑOS . Las decisiones de los condueTÍTULO X. DEL FLETAMENTO
Artículo 1669
OBLIGACIONES DEL FLETADOR
Si el fletamento es por tiempo determinado, será de cargo del fletador el aprovisionamiento de combustible, agua y lubricantes necesarios para el funcionamiento de los motores y de las plantas auxiliares de a bordo, y las expensas inherentes al empleo comercial de la nave, incluidas las tasas de anclaje, canalización y otras semejantes.