LIBRO DE ACTAS DE LAS DECISIONES DE CONDUEÑOS . Las decisiones de los condueTÍTULO IX. DEL TRANSPORTE MARÍTIMOCAPÍTULO III. TRANSPORTE DE COSAS POR MARSECCIÓN III. TRANSPORTE A CARGA TOTAL O PARCIAL
Artículo 1657
FIJACIÓN DE TÉRMINO DE ESTADÍA PARA CARGUE O DESCARGUE
El término de estadía, salvo pacto, reglamento o costumbre en contrario, será fijado por el capitán del puerto, teniendo en cuenta los medios disponibles en el lugar de cargue o descargue, la estructura de la nave la naturaleza del cargamento. Tal término será comunicado oportunamente a quien deba entregar o recibir las cosas. De dicho término se descontarán los días en que las operaciones sean interrumpidas o impedidas por causa no imputable al cargador o destinatario.