LIBRO DE ACTAS DE LAS DECISIONES DE CONDUEÑOS . Las decisiones de los condueTÍTULO VIII. DEL CRÉDITO NAVALCAPÍTULO I. PRIVILEGIOS EN GENERAL
Artículo 1560
EXISTENCIA DE LIMITACIÓN LEGAL SOBRE CRÉDITOS
En caso de existir una limitación legal en relación con alguno de los créditos previstos en el artículo 1556, los acreedores privilegiados tendrán derecho de reclamar el importe íntegro de sus créditos sin deducción alguna por razón de las reglas sobre limitación, pero sin que la suma que reciban exceda de la cantidad debida en virtud de dichas reglas.