LIBRO SEGUNDO. DE LOS BIENES Y DE SU DOMINIO, POSESION, USO Y GOCETÍTULO XII. DE LA REIVINDICACIÓNCAPÍTULO III. CONTRA QUIEN SE PUEDE REIVINDICAR
Artículo 960
ACCIÓN REIVINDICATORIA POR EMBARGO
La acción reivindicatoria se extiende al embargo en manos de tercero, de lo que por este se deba como precio o permuta al poseedor que enajenó la cosa.