LIBRO SEGUNDO. DE LOS BIENES Y DE SU DOMINIO, POSESION, USO Y GOCETÍTULO XI. DE LAS SERVIDUMBRESCAPÍTULO II. SERVIDUMBRES LEGALES
Artículo 900
DEMARCACIÓN DE PREDIOS
Todo dueño de un predio tiene derecho a que se fijen los limites que lo separan de los predios colindantes, y podrá exigir a los respectivos dueños que concurran a ello, haciéndose la demarcación a expensas comunes. Concordancias