LIBRO SEGUNDO. DE LOS BIENES Y DE SU DOMINIO, POSESION, USO Y GOCETÍTULO X. DE LOS DERECHOS DE USO Y HABITACIÓN
Artículo 870
CONCEPTO DE LOS DERECHOS DE USO Y HABITACIÓN
El derecho de uso es derecho real que consiste, generalmente, en la facultad de gozar de una parte limitada de las utilidades y productos de una cosa. Si se refiere a una casa, y a la utilidad de morar en ella, se llama derecho de habitación. Concordancias