LIBRO PRIMERO. DE LAS PERSONASTÍTULO XX. DE LAS PRUEBAS DEL ESTADO CIVIL.
Artículo 403
LEGITIMO CONTRADICTOR
Legítimo contradictor en la cuestión de paternidad es el padre contra el hijo, o el hijo contra el padre, y en la cuestión de maternidad, el hijo contra la madre, o la madre contra el hijo. Siempre que en la cuestión esté comprometida la paternidad del hijo legítimo deberá el padre intervenir forzosamente en el juicio, so pena de nulidad. Jurisprudencia Vigencia