LIBRO CUARTO DE LAS OBLIGACIONES EN GENERAL Y DE LOS CONTRATOSTÍTULO XLI. DE LA PRESCRIPCIÓNCAPÍTULO II. DE LA PRESCRIPCIÓN CON QUE SE ADQUIEREN LAS COSAS
Artículo 2525
PRESCRIPCIÓN ENTRE COMUNEROS
Si la propiedad pertenece en común a varias personas, todo lo que interrumpe la prescripción respecto de una de ellas, la interrumpe también respecto de las otras. Concordancias