LIBRO CUARTO DE LAS OBLIGACIONES EN GENERAL Y DE LOS CONTRATOSTÍTULO XXXIII. DE LOS CUASICONTRATOSCAPÍTULO III. DEL CUASICONTRATO DE COMUNIDAD
Artículo 2333
COMUNIDAD POR DECLARACIÓN JUDICIAL SOBRE PASTOS
Cuando varios individuos tengan terrenos de pastos, contiguos, que no puedan dividirse por cercas, y por ello no pueda evitarse que las bestias de los unos pasen a los terrenos de los otros, cualquiera de los interesados puede pedir al juez declare tales terrenos sujetos a las reglas de los terrenos comunes, para el solo efecto de mantenimiento de bestias y ganados. Concordancias