LIBRO CUARTO DE LAS OBLIGACIONES EN GENERAL Y DE LOS CONTRATOSTÍTULO XXXIII. DE LOS CUASICONTRATOS
Artículo 2302
Artículo 2302
<DEFINICIÓN DE CUASICONTRATO>. <Artículo subrogado por el artículo 34 de la Ley 57 de 1887. .> Las obligaciones que se contraen sin convención, nacen o de la ley o del hecho voluntario de las partes. Las que nacen de la ley se expresan en ella. Si el hecho de que nacen es lícito, constituye un cuasicontrato. Si el hecho es ilícito, y cometido con intención de dañar, constituye un delito. Si el hecho es culpable, pero cometido sin intención de dañar, constituye un cuasidelito o culpa. Notas de Vigencia Concordancias Legislación Anterior