LIBRO CUARTO DE LAS OBLIGACIONES EN GENERAL Y DE LOS CONTRATOSTÍTULO XXXI. DEL DEPOSITO Y EL SECUESTROCAPÍTULO I. DEL DEPOSITO PROPIAMENTE DICHO
Artículo 2244
NATURALEZA GRATUITA DEL DEPOSITO
El depósito propiamente dicho es gratuito. Si se estipula remuneración por la simple custodia de una cosa, el depósito degenera en arrendamiento de servicio, y el que presta el servicio es responsable hasta de la culpa leve; pero bajo todo otro respecto, está sujeto a las obligaciones del depositario y goza de los derechos de tal. Concordancias