LIBRO CUARTO DE LAS OBLIGACIONES EN GENERAL Y DE LOS CONTRATOSTÍTULO XXVI. DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTOCAPÍTULO II. DE LAS OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR EN EL ARRENDAMIENTO DE COSAS
Artículo 1989
TERCEROS QUE ALEGAN DERECHOS SOBRE LA COSA ARRENDADA
La acción de terceros que pretendan derecho a la cosa arrendada, se dirigirá contra el arrendador. El arrendatario será sólo obligado a notificarle la turbación o molestia que reciba de dichos terceros, por consecuencia de los derechos que alegan y si lo omitiere o dilatare culpablemente, abonará los perjuicios que de ello se sigan al arrendador. Concordancias