LIBRO TERCERO DE LA SUCESIÓN POR CAUSA DE MUERTE, Y DE LAS DONACIONES ENTRETÍTULO SINGULAR>. En la donación a título singular puede imponerse al dona
Artículo 1492
DERECHOS DEL DONATARIO ANTE EVICCIÓN DE LA COSA RECIBIDA POR DONACIÓN REMUNERATORIA
El donatario que sufriere evicción de la cosa que le ha sido donada en remuneración, tendrá derecho a exigir el pago de los servicios que el donante se propuso remunerarle con ella, en cuanto no aparecieren haberse compensado por los frutos. Concordancias