LIBRO TERCERO DE LA SUCESIÓN POR CAUSA DE MUERTE, Y DE LAS DONACIONES ENTRETÍTULO DE HEREDERO>. Se entiende que alguien toma el título de heredero, cCAPÍTULO III. DEL BENEFICIO DE INVENTARIO
Artículo 1317
RESPONSABILIDAD DE CONSERVACIÓN
El heredero beneficiario será responsable hasta por culpa leve, de la conservación de las especies o cuerpos ciertos que se deban. Es de su cargo el peligro de los otros bienes de la sucesión, y sólo será responsable de los valores en que hubieren sido tasados. Concordancias