LIBRO TERCERO DE LA SUCESIÓN POR CAUSA DE MUERTE, Y DE LAS DONACIONES ENTRETÍTULO VII. DE LA APERTURA DE LA SUCESIÓN Y DE SU ACEPTACION, REPUDIACIÓN E ICAPÍTULO I. REGLAS GENERALES
Artículo 1281
COSTOS DE LA GUARDA Y SELLADURA
El costo de la guarda y aposición de sellos y de los inventarios, gravará los bienes todos de la sucesión, a menos que determinadamente recaigan sobre una parte de ellos, en cuyo caso gravarán esa sola parte. Concordancias