Artículo 1266
CAUSALES DE DESHEREDAMIENTO
Un descendiente no puede ser desheredado sino por alguna de las causas siguientes: 1a.) <Aparte subrayado CONDICIONALMENTE exequible> <Palabra tachada INEXEQUIBLE> Por haber cometido injuria grave contra el testador en su persona, honor o bienes, o en la persona, honor o bienes de su cónyuge , o de cualquiera de sus ascendientes o descendientes legítimos . Jurisprudencia Vigencia 2a.) Por no haberle socorrido en el estado de demencia o destitución, pudiendo. 3a.) Por haberse valido de fuerza o dolo para impedirle testar. 4a.) <Numeral derogado por el artículo 20 de la Ley 2447 de 2025> Notas de Vigencia Jurisprudencia Vigencia Concordancias Legislación Anterior 5a.) <Inciso INEXEQUIBLE> Por haber cometido un delito a que se haya aplicado alguna de las penas designadas en el número 4o. del artículo 315 , o por haberse abandonado a los vicios o ejercido granjerías infames; a menos que se pruebe que el testador no cuidó de la educación del desheredado . Jurisprudencia Vigencia Los ascendientes podrán ser desheredados por cualquiera de las tres primeras causas. Jurisprudencia Vigencia Concordancias