LIBRO TERCERO DE LA SUCESIÓN POR CAUSA DE MUERTE, Y DE LAS DONACIONES ENTRETÍTULO IV. DE LAS ASIGNACIONES TESTAMENTARIASCAPÍTULO IV. DE LAS ASIGNACIONES MODALES
Artículo 1148
CLAUSULA RESOLUTORIA
En las asignaciones modales, se llama cláusula resolutoria, la que impone la obligación de restituir la cosa y los frutos, si no se cumple el modo. No se entenderá que envuelve cláusula resolutoria cuando el testador no la expresa. Concordancias